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Aguas Subterráneas: Las Empresas tendrán que pagar


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Hay empresarios que niegan en todos los idiomas posibles que el agua sea un derecho humano, pero sí creen fervientemente que es un derecho de sus empresas apropiarse de las aguas subterráneas del país, engordar sus cuentas y no pagar un centavo a nadie por el aprovechamiento de estas aguas.


Y no estamos hablando de pequeños empresarios informales a la que la CONFIEP culpa de las desgracias de la economía nacional. No. Hablamos de empresas grandes cuyos propietarios, directores y gerentes suelen frecuentar los cócteles, las sesiones de directorio y todos los aniversarios de la CONFIEP, tienen R.U.C. y declaran a la SUNAT, pero no pagan por el agua que usan.


El Grupo Gloria se lleva las palmas en este concurso de lo que podría llamarse el festival del saqueo acuífero. En su planta de Huachipa tiene pozos que le sirven para proveerse de agua, necesaria para su producción. Cuando SEDAPAL intentó cobrarle, el Grupo Gloria llegó hasta el Tribunal Constitucional para evitar el cobro. Y lo logró. El TC falló contra SEDAPAL y dejó al Grupo Gloria expedito para continuar ejerciendo “su derecho humano al agua”, sin pagar lo que se estima una deuda de 21 millones de soles estimada entre noviembre del 2010 y abril del 2015.


Pero los de Gloria no son los únicos. Unión Cervecerías Backus y Jhonston tendría que haber pagado 20 millones; Papelera Atlas 3,7 millones de soles; Trupal (también del Grupo Gloria) 3,7 millones de soles; Lima Airport Partners S.R.L. 4,8 millones y Topy Top S.A. 3,2 millones.


El cálculo de la SUNASS es que SEDAPAL pierde 4 millones de nuevos soles al mes por el uso que hacen las industrias del agua subterráneas sin pagar absolutamente nada.


Pero el problema no es solamente económico, el uso sin regulación de estas aguas, pone en riesgo la capacidad de SEDAPAL de encarar una catástrofe si el río Rímac es bloqueado.


El Decreto Legislativo 1185 publicado el domingo 16 de agosto, define que las empresas tendrán que pagar por el agua subterránea que usan. No están definidas aún las tarifas, estas serán parte del Reglamento del Decreto Legislativo que debe publicarse en los siguientes 45 días de publicado el Decreto. La Autoridad Nacional del Agua (ANA) no ha realizado un monitoreo permanente y sistemático de aguas subterráneas, con el Decreto en marcha, esta función pasará a las EPS que tiene que organizarse para este fin.


En general, el dispositivo legal es un avance en este tema, que puede permitir que el manejo de aguas subterráneas sea más racional de lo que ha sido hasta ahora.

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